domingo, 8 de marzo de 2009

Antologia

-ESCRIBE EL SUSTENTO DE LA LEY DE LA REFORMA AGRARIA

La ley agraria se realizan en sustentadas en la participación voluntaria y la conjunción de esfuerzos de sus miembros para generar utilidades mediante proceso productivos y comerciales que permiten su debido control y fortalezcan sus acciones entre otros agentes económicos.


-¿SI TU SUSTITUYES UN GRUPO DE REFORMS DE ORGANIZACIÓN POR CUAL TE INCLINARIAS?
los ejidatarios para ejercer los derechos sobre sus tierras, por ello es necesario hacer lo que en nuestras manos se encuentre un mecanismo legal lo suficientemente ágil y dinámico para marcar la diferencia.

-DESCRIBE LA ORGANIZACIÓN QUE EL GRUPO PROPUESTO TENDRIAS

De la ley a la práctica nos podemos encontrar con abismos, lagunas, antinomias e incluso contradicciones, es de la práctica misma de la cual hoy, emana la necesidad de una reforma en cuanto al dominio pleno y su adopción ya sea como individuo o como asociados ejidales. En ese sentido resulta necesario revisar, modificar y con ello actualizar la tramitología burocrática para que esta se adecue efectivamente a la realidad imperante, en base a las problemas que a continuación se explicitan.

-RESUME LAS CARACTERISTICAS PROPIAS DE UN EJIDO COMO FORMAS DE ORGANIZACIÓN


Asociaciones rurales de interés colectivo, con dos o más de las siguientes personas: Ejidos, comunidades, uniones de ejidos, sociedades de producción rural o uniones de sociedades de producción rural.
El ejido es un sistema de tenencia de la tierra producto de la Revolución Mexicana con el fin de fomentar la producción agrícola y pecuaria. El sistema de tenencia de la tierra en el ejido incluye tierra parcelada, tierra de uso común y solares urbanos, cabe mencionar que el órgano rector del ejido es la Asamblea Ejidal la cual está presidida por el comisariado ejidal.


La reforma que se plantea a continuación tiene como fin último respetar la decisión de los sujetos de derechos agrarios para adoptar o no la propiedad de las tierras asignadas y con ello hacerlas susceptibles de enajenación, simplificar la tramito logia para la adopción del domino pleno para que incluso cuando las tierras del ejido no se encuentren asignadas en su totalidad baste con la nueva delimitación al interior para que los sujetos con derechos agrarios tengan la facultad de adoptarlo en el momento que lo deseen.

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